El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el polaco Maciej Szpunar, respaldó este jueves el criterio del Tribunal de Apelación de París de anular una sentencia del Tribunal Supremo de España que condenó en 2014 al diario francés 'Le Monde' a indemnizar al Real Madrid y a uno de sus médicos, con 390.000 y 33.000 euros respectivamente. El caso se debía a una vulneración del derecho a la imagen de la entidad deportiva y del galeno.

De acuerdo con Szpunar, el pago de una indemnización por daños y perjuicios es irrazonable, por lo que aconseja al tribunal del caso en el TJUE que deniegue o revoque la sentencia porque puede dar lugar a una vulneración manifiesta de la libertad de expresión y de información. El jurista igualmente opina que “el riesgo de un efecto disuasorio que transcienda la situación de la persona directamente afectada justifica que se deniegue el reconocimiento y la ejecución por constituir una vulneración manifiesta y desproporcionada de la libertad de prensa en el Estado miembro de se trate”, informó.

Hay que recordar que 'Le Monde' vinculó al Real Madrid y también al FC Barcelona, en un artículo publicado en diciembre de 2006, con el médico deportivo Eufemiano Fuentes, quien fue condenado después a un año de prisión, en primera instancia por la operación Puerto, el mayor caso de dopaje juzgado en España. La sentencia fue después anulada en apelación por la Audiencia Provincial de Madrid.

No terminará existiendo una 'recompensa' para los perjudicados

El club blanco hizo un desmentido de la información y después interpuso una demanda por vulneración del derecho a la imagen. Tras ganar, el Real Madrid solicitó la ejecución de la sentencia en Francia a través del exequatur, un procedimiento que se utiliza para que una sentencia dictada en un país pueda ser reconocida y ejecutada en otro.

Por último, y en línea con las conclusiones del abogado general del TJUE publicadas este jueves, el Tribunal de Apelación de París entendía que esas condenas de excepcional cuantía impuestas a un periodista y a un medio de comunicación tendrían un efecto disuasorio en su participación en el debate público sobre temas de interés general, pudiendo impedir que los medios de comunicación desempeñen su función de información y control.