Revés judicial para el que fuera presidente del FC Barcelona Joan Laporta después de que la Audiencia de Barcelona desestimase su recurso al pacto alcanzado entre Barça y la Fiscalía española por el "casi Neymar 1". Después de que el juzgado número 22 de Barcelona ya lo rechazase en su día, ahora ha muerto del todo tras la respuesta de la Audiencia.

Por tanto, Laporta ya no podrá parar ni desactivar el pacto por dicho caso que exoneraba a Josep Maria Bartomeu y a Sandro Rosell, así como que obligaba a pagar cinco millones y medio de euros por delito fiscal. Esto es lo que se expone en la respuesta al recurso:

"El fundamento de la pretensión, curiosamente, no está en la relación directa con la posición procesal de tal persona jurídica, sino en el interés de dirigirse penalmente contra dos personas físicas (Bartomeu y Rosell), que han intervenido en el proceso como investigados hasta el mismo momento que se dictó la resolución impugnada", se afirma. "Es sorprendente y llamativo que el recurso se presente con una previa "alegación" con un "relato" que no aporta, en ningún caso, ninguna información relevante para el objeto del recurso, sino que se limita a lanzar valoraciones y descalificaciones sobre determinadas personas que han intervenido en el proceso".

"Pretenden utilizar un proceso penal para criticar y desautorizar la gestión de la entidad"

"El juzgado considera que la pretensión se formula cuando ya se ha visto producido el referido trámite, reproduciendo como el hecho de echar en cara que los solicitantes han conocido suficientemente la existencia del proceso y, asimismo, no han manifestado ningún interés en comparecer cuando lo podían haber hecho", confirma.

Finalmente la Audiencia Provincial concluye su sentencia afirmando que "como acertadamente razona el Ministerio Fiscal, se hace patente que los socios que quieren comparecer pretenden utilizar un proceso penal para criticar y desautorizar la gestión de la entidad que han llevado a término determinadas personas en los últimos años, un propósito para el que existen otras vías y otros instrumentos pero para el que un proceso penal no es el más adecuado, más aún cuando versa sobre delitos fiscales"