Antoine Griezmann en su presentación oficial con el Barça

TRAS LA DENUNCIA DEL ATLÉTICO

Competición multa al Barça con 300 euros y zanja el caso Griezmann

Publicación:26/09/2019 - 15:33h

Actualización:26/09/2019 - 15:33h

El Comité de Competición ha zanjado finalmente el caso Antoine Griezmann con una multa simbólica de 300 euros para el Barça. El Atlético de Madrid denunció a los catalanes buscando una compensación, pero no la ha logrado

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El conflicto entre el FC Barcelona y el Atlético de Madrid por el fichaje de Antoine Griezmann ha quedado resuelto este jueves tras la intervención del Comité de Competición. Los 'colchoneros' reclamaron que los culés fueran penalizados por haber negociado con un jugador con contrato, pero finalmente el organismo perteneciente a la Federación Española de Fútbol ha zanjado el caso con un castigo simbólico porque considera que la infracción cometida no es de carácter grave.

Los azulgrana están obligados a pagar 300 euros, pero no tendrán que afrontar el cierre del Camp Nou, una medida que habían solicitado los rojiblancos. Su primera queja exigía una compensación económica notable, ya que hacía referencia a los 200 millones de euros de la cláusula de rescisión del francés cuando, según sus propias investigaciones, se empezó a negociar su traspaso -finalmente se pagaron los 120 que marcaba a partir de julio-.

Aunque los madrileños defienden que estas conversaciones tuvieron lugar en marzo, no se ha probado que existiera un documento que vinculara al delantero de Macon con la entidad barcelonista mientras aún estaba atado por su club, aunque sí se ha demostrado que hubo diversos encuentros sin avisar previamente y por escrito que se habrían desarrollado en mayo, lo que constituye una falta por la que los catalanes han sido multados.

A pesar de esta decisión, Competición entiende que el error es de carácter leve, porque en ese momento, en el Wanda Metropolitano ya contaban con el aviso del crack, que había expresado su deseo de cambiar de aires. Esto sería suficiente para ajustarse a la normativa, que persigue que "el club con contrato en vigor tenga la posibilidad de reaccionar ante dicha situación o, al menos, conocerla a los efectos que fueran oportunos".

Competición asume que la sanción es simbólica

Competición asume que la sanción es "simbólica" porque no se ajusta a los parámetros económicos del caso Griezmann ni al potencial económico del Barça, y aclara que no sienta un precedente para futuras disputas ni espera disuadir a los clubes con su aplicación. Además, acaba especificando que el cierre del estadio es una reacción que no se corresponde con este tipo de infracciones:

"Es evidente que la cuantía de la sanción económica no guarda proporción alguna con la importancia de los hechos que han dado origen al presente expediente. Teniendo en cuenta la capacidad económica del club y el importe de la operación económica que ha dado origen a este expediente, este Comité es consciente de que el pago de 300 euros, más allá de su carácter meramente simbólico (la multa se impone porque el club expedientado ha sido considerado autor de una infracción disciplinaria), no contribuirá a que el club sancionado en particular y, probablemente, otros clubes que puedan estar en el futuro en la misma situación, adecúen su conducta a lo requerido reglamentariamente".

"Sin embargo, este no es motivo suficiente para que este Comité opte por la imposición de una sanción -la clausura del estadio por un partido- que como afirma el Sr. Instructor, parece estar pensada para infracciones de otra naturaleza".

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